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Las personas que tienen una residencia por reagrupación familiar en España pueden, en determinados casos, solicitar una autorización de residencia y trabajo independiente del familiar que las reagrupó.

Esta autorización permite que el familiar reagrupado tenga su propia residencia y pueda trabajar en España sin depender de la autorización del reagrupante.

¿Cuándo puedo solicitar la residencia independiente?

Los principales supuestos son los siguientes:

Cónyuge o pareja

El cónyuge o pareja reagrupada puede solicitarla cuando haya tenido al menos un año de residencia por reagrupación familiar en España y, además, cumpla alguno de estos requisitos:

  • Tener medios económicos propios suficientes.
  • Cumplir los requisitos para trabajar por cuenta ajena.
  • Cumplir los requisitos para trabajar por cuenta propia.

Divorcio o separación

También es posible solicitar la residencia independiente cuando se produce una separación, divorcio, nulidad matrimonial o cancelación de la inscripción como pareja registrada.

Como regla general, debe acreditarse que el vínculo ha durado al menos tres años y que ha existido convivencia en España durante un año.

La solicitud debe realizarse dentro del plazo de seis meses desde la fecha de admisión de la demanda.

Violencia de género, violencia sexual u otras situaciones protegidas

Las personas reagrupadas que sean víctimas de determinados supuestos de violencia, trata o abandono de familia pueden obtener una residencia independiente sin necesidad de cumplir un período mínimo de residencia o convivencia, siempre que acrediten la situación mediante la documentación exigida.

En estos casos, la autorización tiene una duración de cinco años.

Fallecimiento del reagrupante

Si fallece la persona que realizó la reagrupación familiar, el familiar reagrupado también puede solicitar una residencia independiente.

La solicitud debe presentarse dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento y la autorización tendrá una duración de cinco años.

Hijos e hijas

Los hijos o personas representadas pueden acceder a una autorización independiente al alcanzar la mayoría de edad, entre otros supuestos, cuando hayan residido cinco años en España o cumplan determinados requisitos laborales o económicos.

¿Qué documentación necesito?

Con carácter general, se debe presentar:

  • Formulario EX-02.
  • Pasaporte completo en vigor.
  • Documentación que acredite el motivo por el que se solicita la residencia independiente.
  • Contrato de trabajo o documentación económica, cuando corresponda.
  • Documentación específica en casos de divorcio, fallecimiento, violencia, etc.

¿La residencia independiente permite trabajar?

Sí. La autorización de residencia y trabajo independiente permite residir y trabajar en España, de acuerdo con las condiciones de la autorización concedida.

Además, en determinados casos, la persona que obtiene esta autorización puede posteriormente reagrupar a sus propios familiares, siempre que cumpla los requisitos establecidos.

En resumen

La residencia independiente de familiar reagrupado puede solicitarse por diferentes motivos: haber cumplido un año de residencia y cumplir determinados requisitos, divorcio o separación, violencia, fallecimiento del reagrupante o determinados supuestos de hijos y ascendientes.

El requisito y la documentación cambian según cada situación, por lo que es importante determinar primero qué supuesto de residencia independiente corresponde.

Si quieres saber si puedes solicitarla, qué documentación necesitas y cómo presentar la solicitud, contacta con nosotros. Estudiaremos tu situación y te indicaremos los pasos necesarios para tramitar tu residencia independiente correctamente.

Si necesitas asesoramiento sobre tu situación de residencia, nuestro equipo de abogados de Extranjería en Ciudad Real puede revisar tu caso y orientarte sobre el procedimiento adecuado.

Aranda Abogados

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