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¿Qué es el arraigo socioformativo?

Se trata de un permiso de residencia temporal que se concede a personas extranjeras que acrediten una permanencia continuada de dos años en España y que además:

  • Estén matriculadas o cursando una formación oficial (como estudios de Formación Profesional o educación para adultos),
    o bien,
  • Se comprometan por escrito a realizar una formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo, orientada a ocupaciones con alta demanda en España .

Además, el solicitante debe presentar un informe de integración social emitido por la Comunidad Autónoma o el Ayuntamiento de su lugar de residencia, y más adelante, acreditar la finalización de la formación.

Normativa básica

Requisitos principales

Para solicitar el arraigo socioformativo, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • No ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
  • Estar en España de manera continuada durante al menos dos años, con ausencias que no superen los 90 días.
  • No tener antecedentes penales ni en España ni en los países donde haya residido los últimos cinco años.
  • No figurar como rechazable en los países con los que España tenga convenios.
  • Estar matriculado o comprometido a realizar alguna de las siguientes formaciones:
    • Educación secundaria postobligatoria (ESO para adultos o equivalente).

    • Formación Profesional de Grado C (niveles 1, 2 o 3).

    • Formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo para ocupaciones de difícil cobertura.

  • Contar con un informe de integración social favorable.
  • Abonar la tasa administrativa correspondiente (modelo 790, código 052).

Documentación necesaria

Al presentar la solicitud, deberás aportar:

  • Formulario oficial EX–10 debidamente cumplimentado.
  • Pasaporte completo o título de viaje en vigor.
  • Pruebas de tu permanencia continuada en España (empadronamiento, citas médicas, documentos oficiales, etc.).
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen y de España.
  • Informe de integración social.
  • Matrícula o compromiso escrito de realizar la formación.

 Importante: si presentas documentos extranjeros, deben estar traducidos al castellano por traductor jurado y legalizados.


Procedimiento

  • Quién puede solicitarlo: la propia persona extranjera o su representante legal.
  • Dónde presentarlo:
    • Presencialmente en la Oficina de Extranjería de tu provincia, o

    • Telemáticamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial.

  • Plazo de resolución: tres meses desde la presentación de la solicitud.

    • Si no hay respuesta en ese plazo, se entiende denegada por silencio administrativo.

  • Vigencia del permiso: un año, con posibilidad de prórroga si se acredita la continuación o finalización de la formación.

Además, tras la concesión, deberás solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Comisaría de Policía correspondiente.


En resumen

El arraigo socioformativo es una excelente oportunidad para regularizar tu situación en España a través de la formación y el aprendizaje profesional.
Permite estudiar, mejorar tu perfil laboral y abrirte las puertas al mercado de trabajo español.


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