Entrada de Blog

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2026, que declara la nulidad parcial del Reglamento de Extranjería, 

 Entre otros, declara la nulidad de los siguientes artículos del Reglamento:

- la prohibición de que las ETT sean titulares de autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada o sean autorizadas por cambio de empleador o en la cadena de concatenaciones de contratos (RD 1155/2024 art.101.1.párr.3º);

- de cara a la residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española, el requisito de que la relación del padre, madre, tutor o tutora que tenga a cargo, conviva o esté al corriente a las obligaciones con un menor de nacionalidad española, «haya sido constituida conforme al ordenamiento jurídico español» (RD 1155/2024 art.94.1.f inciso).

 

 

Aranda Abogados

Desde 2013 ofreciendo servicios jurídicos especializados