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Supongamos que eres un trabajador que ha estado en una empresa durante varios años, y de repente tu jefe decide cambiar tu horario de trabajo, haciéndolo mucho más complicado para ti. Este cambio puede ser una modificación sustancial de tus condiciones laborales. Si sientes que este nuevo horario te perjudica, tienes el derecho de rescindir tu contrato de trabajo y recibir una indemnización. Esto significa que, en lugar de quedarte atrapado en una situación que no te gusta, puedes optar por salir y recibir una compensación por el tiempo que has trabajado.

¿Cuáles son las condiciones que permiten a un trabajador rescindir su contrato de trabajo de manera indemnizada tras una modificación sustancial de sus condiciones laborales?

Un trabajador puede rescindir su contrato de trabajo de manera indemnizada tras una modificación sustancial de sus condiciones laborales si se cumplen tres condiciones:

1) debe haber una modificación sustancial de las condiciones de trabajo;

  • El cambio tiene carácter sustancial si transforma de un modo notorio una condición fundamental del contrato; por ejemplo, al pasar de un régimen de jornada continuada a uno de jornada partida.
  • No sustancial.Pero el cambio no es sustancial si son simples modificaciones accidentales, en cuyo caso la empresa –en función de su poder de dirección– puede ejecutarlo sin más. Por ejemplo, esto ocurre al mover la hora de entrada y salida por tiempo inferior a una hora.

2) el trabajador debe sufrir un perjuicio como resultado de dicha modificación;

y 3) debe existir una relación de causalidad entre la modificación y el perjuicio. 

¿Cómo se determina si un perjuicio causado por una modificación sustancial de las condiciones de trabajo es relevante para justificar la rescisión indemnizada del contrato?

Para determinar si un perjuicio causado por una modificación sustancial de las condiciones de trabajo es relevante para justificar la rescisión indemnizada del contrato, se evalúa la realidad y entidad del perjuicio, que debe ser significativo y no mínimo. La jurisprudencia establece que el perjuicio se considera relevante cuando afecta a aspectos esenciales como la jornada, el salario o las funciones, y se sitúa en un umbral porcentual entre el 5% y el 7% en caso de reducción salarial.

¿Qué procedimientos debe seguir un trabajador que desea impugnar una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo impuesta por el empresario?

El trabajador tiene derecho a solicitar de forma voluntaria la resolución del contrato –y a recibir la correspondiente indemnización– si la modificación de sus condiciones laborales le es perjudicial,sin que sea preciso que presente demanda . Si la empresa le niega la resolución y la indemnización, el trabajador puede solicitar la extinción indemnizada ante los tribunales, si bien habrá de acreditar el perjuicio que le ocasiona dicha medida. Ante los tribunales debe presentar una demanda ante la jurisdicción social dentro del plazo de 20 días hábiles desde la notificación de la decisión empresarial. Si la modificación se realizó sin respetar los requisitos legales, el trabajador puede solicitar la resolución indemnizada de su contrato. Es importante que mantenga la relación laboral hasta que se dicte sentencia.

¿Qué tipo de indemnización corresponde al trabajador que decide extinguir su contrato debido a una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo?

El trabajador que decide extinguir su contrato debido a una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por cada año de servicio, prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año, con un máximo de 9 mensualidades. Esta indemnización se aplica independientemente de si la modificación ha sido impugnada o no.

¿Qué requisitos deben cumplirse para que un trabajador pueda alegar que una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo ha redundado en un menoscabo de su dignidad?

Para que un trabajador pueda alegar que una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo ha redundado en un menoscabo de su dignidad, deben cumplirse dos requisitos:

  • primero, que la modificación se haya llevado a cabo sin respetar las previsiones legales o trámites estatutarios;
  • y segundo, que dicha modificación efectivamente afecte a la dignidad del trabajador. Es decir, se hace referencia a cualquier ataque que suponga un descrédito o falta de respeto.. Estos elementos son esenciales para solicitar la extinción indemnizada del contrato. 

Si el trabajador acredita que la aplicación de la MSCT no sólo le ha causado un perjuicio sino que también supone un menoscabo de su dignidad, su indemnización alcanzará el importe correspondiente a la indemnización por despido improcedente (es decir, 33 días de salario por cada año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades).

 

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