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Atrasos salariales y su imputación en el IRPF

Los rendimientos del trabajo deben declararse en el año en que son exigibles. Pero, ¿qué pasa cuando los salarios de un año se reciben en el siguiente? Los atrasos se imputan al año de su exigibilidad.

Si el trabajador ya presentó la declaración de ese año, deberá presentar una declaración complementaria. Esta se puede entregar hasta el final del plazo inmediato siguiente de presentación del IRPF, según el artículo 14.2.b de la LIRPF.


Ejemplo práctico: extra de Navidad

Supongamos que la empresa, por problemas de liquidez, acuerda pagar la extra de Navidad de 2024 durante 2025:

  • El trabajador la cobra antes del inicio del plazo de declaración de 2024, debe incluirla en dicha declaración, con la retención del 15%.
  • La recibe dentro del plazo de declaración y aún no ha presentado su IRPF, también puede incluirla.
  • Ya presentó la declaración, debe hacer una complementaria incluyendo la paga y la retención. En este caso, el plazo se extiende hasta la finalización del plazo de presentación de 2025.
  • Si percibe la extra tras el plazo de presentación de 2024, igualmente debe presentar una complementaria hasta el fin del plazo de 2025.

Importante: no se aplican intereses ni recargos por presentar la complementaria. Para justificarla ante Hacienda, marque la casilla 108 del modelo 100 del IRPF.


Retrasos por resolución judicial

Si el salario pendiente se debe a un procedimiento judicial, la imputación cambia. Los atrasos se incluyen en el IRPF del año en que la sentencia se vuelve firme.

Por ejemplo, si la sentencia favorable se dicta en septiembre de 2025:

  • Los atrasos deben incluirse como salario de 2025.
  • Si el pago se realiza en 2026 antes de presentar la declaración de 2025, se puede incluir directamente.
  • De lo contrario, se presenta una complementaria antes del 30 de junio de 2027.

Nota: esto aplica solo si existía un litigio sobre la cuantía o procedencia del salario. Si el salario era indiscutible, se aplica la regla general: imputación al año de exigibilidad original.


Cobros a través del FOGASA

Cuando la empresa entra en concurso, el FOGASA puede pagar los salarios pendientes.

  • Suele cubrir solo una parte del total adeudado.
  • El certificado del FOGASA no siempre identifica el año correspondiente.

La recomendación es imputar proporcionalmente los ingresos a cada ejercicio según lo adeudado:

Si se cobran 12.000 euros y la deuda total era 14.000 de 2022 y 6.000 de 2023, se declararán 8.400 euros en la complementaria de 2022 y 3.600 euros en la de 2023.

Aranda Abogados

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