El marco legal de la garantía de indemnidad: proteger el derecho a reclamar sin miedo
En el ámbito laboral, uno de los principios más importantes para proteger a las personas trabajadoras es la garantía de indemnidad.
Este principio asegura que nadie puede ser sancionado o despedido por ejercer o apoyar el ejercicio de sus derechos laborales o fundamentales.
Una empresa no puede tomar represalias contra un trabajador o trabajadora por haber reclamado lo que le corresponde, ni tampoco contra sus representantes o personas allegadas que lo hayan apoyado.
¿Qué significa la garantía de indemnidad?
La garantía de indemnidad protege frente a cualquier consecuencia desfavorable que una persona trabajadora pueda sufrir por haber actuado legítimamente ante la empresa, la administración o los tribunales.
La protección alcanza tanto a la persona que realiza la reclamación como a sus representantes.
Formas de vulneración
Ejemplos típicos:
- Despido tras presentar una demanda o reclamación laboral.
- Sanción disciplinaria injustificada después de una queja formal.
- No renovación de un contrato temporal tras una denuncia ante la Inspección de Trabajo.
- Exclusión de ascensos o modificaciones negativas en las condiciones laborales tras haber reclamado derechos.
Sentencia reciente del TSJ de Madrid
Analiza precisamente un caso en el que una empresa despidió a un trabajador tras presentar una denuncia interna y acudir a la Inspección de Trabajo.
El tribunal declara nulo el despido, reconociendo que la actuación del trabajador estaba amparada por la garantía de indemnidad, y que cualquier represalia de este tipo vulnera su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE).
Actos protegidos frente a represalias empresariales
Entre los actos que gozan de protección frente a posibles represalias empresariales se incluyen:
- Reclamaciones judiciales por derechos laborales.
- Denuncias ante la Inspección de Trabajo.
- Denuncias internas realizadas a través de los canales empresariales de comunicación o “canales de denuncias”.
- Quejas o reclamaciones directas al empresario o a través de representantes legales o abogados.
- Reclamaciones ante la representación legal de los trabajadores, incluso si se trata de actos preparatorios que aún no han llegado a los tribunales.
Consecuencias de las represalias empresariales
Cualquier actuación empresarial que constituya una represalia frente a las situaciones anteriores será nula de pleno derecho.
Cuando un despido vulnera la garantía de indemnidad:
- Se declara nulo.
- La empresa está obligada a readmitir a la persona trabajadora en su puesto.
- Debe abonar los salarios de tramitación.
- Puede imponerse una indemnización adicional por vulneración de derechos fundamentales.
- Además, podrían derivarse sanciones administrativas si se acredita la vulneración de derechos fundamentales.
Fundamento legal del principio
Este principio está respaldado por varias normas clave:
- Artículo 24 de la Constitución Española (CE): reconoce el derecho a la tutela judicial efectiva, que incluye el derecho a acudir a los tribunales sin sufrir represalias.
- Artículos 53.4 y 55.5 del Estatuto de los Trabajadores (ET): establecen que el despido será nulo cuando se produzca con vulneración de derechos fundamentales.
- Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (arts. 179, 182 y 183), que refuerza la protección de los derechos fundamentales en el ámbito laboral.
- Doctrina consolidada del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional sobre la garantía de indemnidad.
¿Tienes dudas o necesitas ayuda?
!CONTÁCTENOS!
Te asesoraremos para proteger su salud y derechos.