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La autorización de regreso es un documento que permite a una persona extranjera salir de España y volver a entrar legalmente cuando su autorización de residencia o estancia está en trámite de renovación o se ha producido la pérdida de su tarjeta de identidad de extranjero (TIE).

¿Quién puede solicitar la autorización de regreso en España?
– La persona que haya iniciado dentro del plazo legal la renovación o prórroga de su residencia o estancia.
– La persona titular de una TIE vigente que la haya perdido, sufrido robo, destrucción o inutilización, siempre que haya solicitado un duplicado de la tarjeta.

Duración y validez de la autorización de regreso:
– Si la solicitud llega antes de que caduque la residencia o estancia, el documento tendrá una vigencia máxima de 90 días desde la caducidad.
– Si la solicitud llega después de la caducidad, la autorización tendrá una vigencia máxima de 90 días desde su concesión.
En situaciones de necesidad, la tramitación será preferente.

Casos excepcionales:
Si la persona demuestra que su viaje es necesario y existen razones excepcionales, puede solicitar la autorización de regreso.
En este caso, la vigencia máxima será de 90 días desde la concesión.

¿Quién concede la autorización de regreso en España?
– Delegado o Subdelegado del Gobierno competente.
– Comisario General de Extranjería y Fronteras.
– Comisarías y puestos fronterizos del Cuerpo Nacional de Policía.

Uso durante su validez:
Durante los 90 días, la persona puede entrar y salir de España todas las veces que necesite con el mismo documento.
La autorización solo sirve para entrar por pasos fronterizos habilitados españoles, según el Derecho de la Unión Europea.

Aranda Abogados

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