La autorización de regreso es un documento que permite a una persona extranjera salir de España y volver a entrar legalmente cuando su autorización de residencia o estancia está en trámite de renovación o se ha producido la pérdida de su tarjeta de identidad de extranjero (TIE).
¿Quién puede solicitar la autorización de regreso en España?
– La persona que haya iniciado dentro del plazo legal la renovación o prórroga de su residencia o estancia.
– La persona titular de una TIE vigente que la haya perdido, sufrido robo, destrucción o inutilización, siempre que haya solicitado un duplicado de la tarjeta.
Duración y validez de la autorización de regreso:
– Si la solicitud llega antes de que caduque la residencia o estancia, el documento tendrá una vigencia máxima de 90 días desde la caducidad.
– Si la solicitud llega después de la caducidad, la autorización tendrá una vigencia máxima de 90 días desde su concesión.
En situaciones de necesidad, la tramitación será preferente.
Casos excepcionales:
Si la persona demuestra que su viaje es necesario y existen razones excepcionales, puede solicitar la autorización de regreso.
En este caso, la vigencia máxima será de 90 días desde la concesión.
¿Quién concede la autorización de regreso en España?
– Delegado o Subdelegado del Gobierno competente.
– Comisario General de Extranjería y Fronteras.
– Comisarías y puestos fronterizos del Cuerpo Nacional de Policía.
Uso durante su validez:
Durante los 90 días, la persona puede entrar y salir de España todas las veces que necesite con el mismo documento.
La autorización solo sirve para entrar por pasos fronterizos habilitados españoles, según el Derecho de la Unión Europea.