¿Tu empresa te ha cambiado el horario de trabajo una hora? Puede parecer un cambio insignificante, pero jurídicamente no siempre lo es.
Una modificación de una hora en la entrada o salida del trabajo puede afectar a la conciliación familiar, a los desplazamientos, al cuidado de hijos o familiares y, en definitiva, a la organización de la vida diaria del trabajador.
Por eso, un cambio de horario no puede analizarse únicamente teniendo en cuenta el número de horas que se modifica.
Así lo ha puesto de manifiesto el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en su Sentencia n.º 25/2024, de 9 de enero.
Una hora de diferencia puede ser una modificación sustancial
El caso analizado por el Tribunal afectaba a unos trabajadores que llevaban realizando unos determinados turnos desde hacía muchos años.
La empresa decidió retrasar una hora los horarios que venían realizando, es decir, los trabajadores seguían realizando ocho horas, pero en un horario diferente.
El Tribunal consideró que, teniendo en cuenta que esos horarios llevaban aplicándose desde hacía años, la modificación no podía realizarse simplemente mediante una decisión unilateral de la empresa.
La modificación debía tramitarse conforme al artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, que regula las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.
El horario de trabajo afecta a la conciliación
Uno de los aspectos más interesantes de esta sentencia es que recuerda que el horario de trabajo no es una cuestión puramente organizativa.
Una hora puede marcar una gran diferencia en la vida de una persona.
Por ejemplo, pasar de entrar a las 6:00 a hacerlo a las 7:00 puede modificar completamente la organización familiar. Y lo mismo puede ocurrir cuando se retrasa una hora la salida del trabajo.
Puede afectar a:
La recogida de los hijos del colegio.
El cuidado de familiares.
Los horarios de guardería.
Los desplazamientos al centro de trabajo.
La posibilidad de acudir a determinadas citas o actividades.
La organización general de la vida personal y familiar.
Por ello, que la empresa diga que “solo es una hora” no significa necesariamente que el cambio sea irrelevante desde el punto de vista laboral.
¿Cualquier cambio de una hora es una modificación sustancial?
No necesariamente.
Esta sentencia no significa que cualquier modificación de una hora sea automáticamente una modificación sustancial.
Para determinarlo hay que estudiar las circunstancias concretas del caso: el horario que tenía el trabajador, cuánto tiempo llevaba aplicándose, cómo se modifica, las condiciones pactadas y, especialmente, el impacto que tiene el cambio sobre las condiciones laborales.
Pero sí deja una idea importante: una modificación aparentemente pequeña puede tener suficiente entidad como para estar sometida a las garantías del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Qué puedes hacer si te cambian el horario?
Si tu empresa te comunica que vas a tener un nuevo horario, es importante no limitarse a aceptar que se trata de una simple decisión empresarial.
Conviene comprobar:
Qué horario realizabas anteriormente.
Desde cuándo lo venías realizando.
Qué establece tu contrato y el convenio colectivo.
Si existe una condición más beneficiosa o un acuerdo previo.
Cómo afecta el nuevo horario a tus condiciones de trabajo.
Si la empresa ha seguido el procedimiento legal correspondiente.
Además, hay que tener en cuenta que los plazos para reclamar frente a determinadas modificaciones de las condiciones de trabajo son importantes.
En conclusión
Que te cambien el horario una hora no significa que la empresa pueda hacerlo siempre sin más.
El cambio puede ser relevante aunque no aumente ni reduzca tu jornada, especialmente cuando afecta a un horario que llevas realizando durante años y tiene consecuencias sobre tu vida personal y familiar.
La Sentencia n.º 25/2024 del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco es un buen ejemplo de ello: el hecho de que la modificación sea de una sola hora no impide que pueda considerarse una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Así que, si tu empresa te dice que “solo te cambia una hora”, no des por hecho que no puedes reclamar.
Cada situación debe estudiarse de forma individual y teniendo en cuenta cómo y desde cuándo se venía realizando ese horario.
Si tu empresa ha modificado tu horario de trabajo o ha realizado cualquier otro cambio en tus condiciones laborales, contacta con nosotros. Estudiaremos tu caso y te asesoraremos sobre si la modificación se ajusta a la legalidad y qué opciones tienes para defender tus derechos.